hipoteca

EL VALOR CATASTRAL

¿Qué es el valor catastral?

El valor catastral

El valor catastral es la valoración del bien inmueble que realiza la Dirección General del Catastro que depende del Ministerio de Hacienda.

Para calcular el valor catastral de una casa o de una finca se tiene en cuenta lo siguiente:

  • La localización del inmueble.
  • La antigüedad del edificio.
  • La calidad de la construcción
  • Entre otros como: los gastos y aptitud para la producción, el coste del suelo o si tiene carácter histórico-artístico, entre otras cuestiones.

 

El valor catastral no puede superar el precio del mercado, normalmente se sitúa en la mitad (0.5%).

Los valores catastrales se pueden actualizar todos los años por medio de un coeficiente. También se puede actualizar de manera general el valor catastral de todos los inmuebles de un municipio. Esta revisión la lleva a cabo la Dirección General del Catastro tras una petición previa del municipio en cuestión.

¿En qué afecta el valor catastral?

Antes de 2022 el valor catastral afectaba directamente al cálculo de diversos impuestos, desde el IBI (es su base imponible) y la plusvalía municipal, hasta tasas autonómicas y estatales como el Impuesto sobre el Patrimonio, pero ahora ya no es así y el único impuesto que queda referido al valor catastral es el IBI.

El valor catastral no tiene por qué cambiar en todos los municipios cada año. Se conoce que en 2020 grandes capitales como Madrid o Barcelona no tuvieron cambios en el catastro. No obstante, en Valencia se acordó una subida del 3% y en Sevilla del 2%, ya que la variación dependió del año en el que actualizaron el catastro por última vez.

En 2022 se actualizaron los valores catastrales de hasta 825.000 inmuebles.

En 2023 se revisaron otros 825.000 inmuebles que se repartían de forma muy desigual por toda la geografía nacional.

En 2024 han entrado en vigor revisiones catastrarles de varios municipios, pero, en casi la mitad de los casos serán revisiones a la baja.

Cómo se lee la referencia catastral

La referencia catastral está compuesta por 20 caracteres (números y letras). Para cada inmueble tiene un significado asignado por el Catastro.

Para un bien inmueble urbano sería el siguiente:

  • Los siete primeros dígitos hacen referencia a la ubicación del inmueble.
  • Los siete dígitos siguientes identifican la hoja del plano catastral.
  • Las siguientes cuatro cifras indican el inmueble dentro de la finca.
  • Los últimos dos caracteres son dos dígitos de control.

 

Para un bien inmueble rústico el significado de los 20 caracteres sería así:

  • Los dos primeros números identifican la provincia.
  • Los tres siguientes números se refieren al municipio.
  • El siguiente dígito es el sector o zona de concentración parcelaria.
  • Los tres siguientes dígitos identifican el polígono.
  • Los cinco siguientes identifican la parcela dentro del polígono.
  • Los cuatro números siguientes identifican el inmueble dentro de la parcela.
  • Los dos últimos son dígitos de control.

 

Cómo consultar el valor catastral

Para conocer la información sobre el valor catastral de un inmueble, su propietario, su representante o autorizado (o quien acredite un interés legítimo) puede hacerlo de las siguientes maneras:

  • A través de la sede electrónica del Catastro con certificado digital, DNIe o sistema cl@ve.
  • Acudiendo a la oficina territorial (gerencia) del Catastro en su provincia, solicitando cita previa en la Línea Directa del Catastro (902 37 36 35 – 91 387 45 50) y presentando la documentación que acredite la titularidad del inmueble.
  • En los puntos de información catastral que se ubican generalmente en los ayuntamientos.
  • Mediante este enlace: https://www.catastro.meh.es/esp/coeficientes_ponencias.asp

Cómo modificar los datos del catastro

En el Catastro figuran datos como el titular de la vivienda, la superficie construida, la antigüedad, etc. Dichos datos pueden variar en el tiempo. En caso de que se produzca alguna modificación, necesitas comunicarla al Catastro para que quede reflejada en su censo y porque, además, puede alterar el valor catastral que se asigna al inmueble y que determina los impuestos que debes pagar por él.

Para solicitar una modificación de los datos catastrales, hay que dirigirse a la sede electrónica, a la gerencia territorial o a tu propio ayuntamiento. En el siguiente enlace se pueden consultar de manera oficial los pasos a seguir para llevarlo a término: http://www.catastro.minhap.gob.es/esp/procedimientos/f_proc1.asp

Quizás también quieras ver

Nuestras redes sociales

maragall advocats

PRIMERA VISITA GRATUITA